Fue detenido el 31 de octubre de 1974, un día después que los agentes de la DINA llevaran desde su hogar en Santiago a su esposa Jacqueline Droully.
Marcelo estudió en la Universidad de Concepción hasta 1968, año en el MIR fue exhaustivamente perseguido en esta ciudad, lo que obligó a Marcelo a continuar sus estudios en la ciudad de Temuco. En donde continúo con su trabajo político-social en dicho espacio universitario y conoció a su Jacqueline. La pareja se traslado a Santiago, debido a que Marcelo luego de su egreso de la carrera Técnico electrónico, se dedicó completamente a sus funciones de la Comisión política del MIR.
El contexto de detención se desarrollo de la siguiente manera; primero los agentes de la DINA se llevaron a Jacqueline, quedándose uno en el hogar, que luego fue allanado y “ocupado” por agentes. Marcelo regresó al hogar, en donde fue capturado, a pesar de intentar huir en el taxi que lo que transportaba. Los agentes que permanecían en su casa al ver lo que ocurría, dispararon contra las ruedas del taxi y se concreta la detención de Marcelo Salinas, junto también al chofer del taxi.
A lo largo de los años se han ido acumulando diversos testimonios y antecedentes, que dan cuenta de la permanencia del matrimonio Salinas Drouilly, en los centros secretos de reclusión y tortura de la DINA, de José Domingo Cañas, Villa Grimaldi y el Pabellón de Incomunicados de 4.
Fue una de la noches a mediados de diciembre de 1974, por la madrugada en Cuatro Álamos junto con Jacqueline, fueron sacados de sus respectivas celdas, desde aquel momento no se volvería a saber mas de ambos.
Situación judicial
El 19 de noviembre de 1974, la suegra del afectado, Norma Yurich Costagliolo, presentó un recurso de amparo en su favor, ante la Corte de Apelaciones de Santiago, con el rol N°1437. En dicha presentación se solicita la remisión de oficios al Ministerio del Interior y a la Secretaria Ejecutiva Nacional de Detenido. Recibiendo información desde el Ministerio del Interior, informando que el amparado no se encuentra detenido por orden del Ministerio del Interior.
Se inició ante el 6º Juzgado del Crimen de Santiago un proceso por la presunta desgracia del afectado, que roló con el Nº91.315. En cumplimiento de la orden de investigar, se entrevistó a doña María Eliana Arias Rivas, propietaria del inmueble, en el que se encontraba Marcelo al momento de su detención, quien señaló que desde septiembre que el 30 de octubre de 1974 llegaron hasta el lugar unos desconocidos los que se llevaron a ambos. Se agrega en la orden respectiva, no se antecedentes favorables, como tampoco dieron resultados las diligencias efectuadas para ubicar a algún familiar del desaparecido, ya que los más cercanos se domicilian en Temuco.
Sin practicarse nuevas diligencias el 13 de mayo de 1975 se declaró cerrado el sumario, y teniendo el Tribunal, no resulta justificado delito alguno en la presunta desgracia de Marcelo Salinas Eytel, se sobreseyó temporalmente la causa, hasta que se presenten nuevos y mejores antecedentes que investigar. En la corte de Apelaciones de Santiago, se aprobó la resolución de sobreseimiento el 16 de junio de 1975.
En la misma fecha precedentemente señalada presentó ante el 11º Juzgado del Crimen de Santiago, una denuncia por el delito de secuestro del matrimonio, la que en principio fue rolada con el Nº2994, pero posteriormente se acumuló a la causa por presunta desgracia de Jacqueline Drouilly, sustanciada ante el mismo Tribunal, conservando el rol Nº2681-4. Nuevamente se informa desde el Ministerio del Interior y la Secretara Ejecutiva Nacional de Detenidos, se informa que los afectados no han sido detenidos no registran antecedentes
En virtud de la orden de investigar, se efectuaron diligencias infructuosas en el SENDET y Campamento de Prisioneros de «Tres Álamos». Se declara cerrado el sumario y sobreseimiento temporal de la causa, por la carencia de antecedentes en 1976.
Nuevamente se iniciaron las gestiones para realizar una nueva denuncia, esta vez de forma masiva en la Corte de Apelaciones de Santiago, por la desaparición de 163 personas desaparecidas por arresto entre el período de 1974 y 1975. A pesar de que fue debidamente documentada para cada caso particular, fue rechazada por el Pleno de la Corte de Apelaciones el 23 de junio de 1975. Posteriormente por parte del Comité de Cooperación para la Paz en Chile, se eleva nueva mente esta denuncia requiriendo la presencia de un ministro en Visita, siendo descartada, bajo el argumento de que se han realizado las investigaciones correspondientes
En virtud de la ocurrencia de nuevos acontecimientos que significaron agregar importantes antecedentes a los casos presentados, el Comité de Cooperación para la Paz en Chile, presentó una nueva petición de designación de Ministro en Visita, el 1º de agosto de 1975, la que también fue rechazada.
De cierto modo, fue con la detención en 1992 a Osvaldo Romo Mena – agente de la DINA y que según testigos torturaba al matrimonio Salinas Droully-, se inició un procesamiento judicial, el cuál tiene por resultado la disposición a reo y encarcelamiento en la Cárcel de Puntapeuco
Osvaldo Romo Mena -torturador que nunca se cuestionó las labores ejecutadas en la DINA- muere en el 2007, procesado en 90 causas por tortura y desaparición forzada.
*Proceso Judicial: Caso de los 119